I-129CW: Petición para un trabajador de transición no inmigrante que solo participa en CNMI

¿Qué es un Formulario I-129CW?

El Formulario I-129CW es un formulario utilizado por los empleadores estadounidenses para presentar una petición para traer a un trabajador extranjero a los Estados Unidos temporalmente en una ocupación especializada. Este formulario generalmente se completa cuando un empleador desea contratar a un trabajador extranjero que tiene una visa H-1B. El propósito de este formulario es demostrar que el empleador tiene la capacidad y habilidad para emplear al trabajador extranjero.

¿Quién es elegible para el Formulario I-129CW?

El Formulario I-129CW es una petición para un trabajador no inmigrante en una clasificación de trabajador de transición de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI, por sus siglas en inglés). El peticionario debe ser un empleador o un agente autorizado del empleador ubicado en CNMI, y el beneficiario debe ser un ciudadano extranjero elegible para el estatus de trabajador de transición solo de CNMI.

¿Cuál es la última edición del Formulario I-129CW?

La última edición del Formulario I-129CW tiene fecha del 11 de abril de 2021.

¿Cuáles son los Documentos Requeridos para el Formulario I-129CW?

1) Prueba de ciudadanía estadounidense o estatus de extranjero legal: copia de su pasaporte estadounidense, tarjeta de registro de extranjero, tarjeta de autorización de empleo, etc.

2) Copia de su título o experiencia que califica: copias de diplomas, transcripciones, certificaciones u otra evidencia de experiencia y calificaciones que cumplan con los requisitos del trabajo;

3) Evidencia de la relación empleador-empleado: Copias de los contratos de trabajo y/o cartas de oferta que establezcan la relación;

4) Comprobante de salarios: talones de pago y/u otra documentación para demostrar que se le está pagando al menos el salario prevaleciente para el trabajo;

5) Copia de la Solicitud de Condición Laboral (LCA): Una copia de la LCA aprobada por el Departamento de Trabajo debe acompañar el Formulario I-129CW; y

6) Recibo de tasas de presentación: Para cubrir las tasas de presentación del Formulario I-129CW, debe enviar un cheque o giro postal a nombre del Departamento de Seguridad Nacional.

¿Cómo presentar el Formulario I-129CW?

1. Reúna los documentos necesarios. Para enviar el Formulario I-129CW, deberá proporcionar documentación como evidencia de la autorización de empleo de sus trabajadores, prueba de que los trabajadores tienen las calificaciones necesarias para el trabajo y prueba de que los salarios propuestos son consistentes con los que generalmente se pagan en el área. para ocupaciones similares.

2. Prepare su presentación. Una vez que tenga todos los documentos requeridos, complete el Formulario I-129CW de la manera más precisa y completa posible.

3. Envíe su presentación. Puede enviar el Formulario I-129CW a USCIS por correo o electrónicamente. Si elige enviar el formulario por correo, envíelo a USCIS Dallas Lockbox Facility, PO Box 660867, Dallas, TX 75266. Si elige presentar electrónicamente, puede usar el sistema de presentación electrónica de USCIS.

4. Pagar la tasa de presentación. Debe pagar una tarifa al enviar el Formulario I-129CW. La tarifa actual es $460 y debe pagarse con cheque o giro postal a nombre de "US Department of Homeland Security".

5. Espere una decisión de USCIS. Una vez que su solicitud haya sido recibida y procesada, USCIS le enviará un aviso con su decisión sobre su solicitud.

¿Cuáles son los consejos para presentar el formulario I-129CW?

1. Asegúrese de usar la versión más reciente del Formulario I-129CW. La versión más reciente está disponible en el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

2. No deje ninguna pregunta sin respuesta. Si una pregunta no se aplica a usted, escriba "N/A" en el espacio proporcionado.

3. Proporcionar documentación de respaldo cuando se le solicite. Los documentos requeridos difieren según su situación, así que asegúrese de incluir solo los documentos enumerados en la sección correspondiente del formulario.

4. Asegúrese de que todos los documentos estén traducidos al inglés, si aún no lo están. Todas las traducciones deben ser realizadas por un traductor o servicio de traducción competente.

5. Asegúrese de firmar el formulario y todos los documentos adjuntos antes de enviarlo a USCIS. Cualquier formulario sin firmar puede resultar en demoras en el procesamiento o incluso en el rechazo de su solicitud.

6. Envíe dos copias del formulario, junto con dos copias de todos los documentos de respaldo, al enviar su solicitud a USCIS. Si no presenta dos copias, su solicitud puede retrasarse o ser rechazada.

7. Incluya un cheque o giro postal por la tarifa de presentación correspondiente con su paquete de solicitud cuando lo envíe por correo a USCIS. La tarifa de presentación actual para el Formulario I-129CW se puede encontrar en el sitio web de USCIS o en las instrucciones incluidas con el formulario.

8. Envíe por correo su paquete de solicitud a la dirección provista en las instrucciones del formulario. Este suele ser el centro de servicio apropiado para su región, pero asegúrese de verificar que tiene la dirección correcta consultando con su oficina local de USCIS o en el sitio web de USCIS.

¿Existen instrucciones especiales para el formulario I-129CW?

Sí, hay instrucciones especiales para el Formulario I-129CW. Primero, asegúrese de leer las instrucciones cuidadosamente y complete todos los campos requeridos. Además, asegúrese de incluir documentos de respaldo, como una copia de un pasaporte válido y evidencia de fondos suficientes. Finalmente, asegúrese de firmar su formulario e incluir la tarifa de presentación.

¿Cuál es la tarifa del Formulario I-129CW?

La tarifa del Formulario I-129CW es una tarifa de presentación $460 para los empleadores cuando solicitan a un trabajador extranjero para trabajar en los Estados Unidos a través del Programa de Exención Conrad 30.

¿Puedo solicitar la exención o reducción de tarifas del Formulario I-129CW?

No, no puede solicitar una exención o reducción de tarifas para el Formulario I-129CW. La tarifa del Formulario I-129CW no es elegible para una exención o reducción de tarifas.

¿Cuál es el tiempo de procesamiento del Formulario I-129CW?

El tiempo de procesamiento del Formulario I-129CW depende del centro de servicio específico que esté procesando la solicitud. En general, el procesamiento demora entre 3 y 5 meses.

Formulario I-129CW Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué es el Formulario I-129CW?
El Formulario I-129CW es una petición utilizada por los empleadores para solicitar un cambio o una extensión del estatus de no inmigrante para ciertos ciudadanos extranjeros. Se usa junto con el Formulario I-129, Petición para un trabajador no inmigrante.

2. ¿Quién necesita presentar el Formulario I-129CW?
Cualquier empleador que desee cambiar o extender el estatus de no inmigrante de un empleado debe presentar el Formulario I-129CW. Si el empleado está en los Estados Unidos, el empleador también debe presentar el Formulario I-129.

3. ¿Cuánto tiempo lleva procesar una petición del Formulario I-129CW?
Por lo general, toma hasta 8 semanas procesar una petición del Formulario I-129CW. Sin embargo, los tiempos de procesamiento pueden variar según el caso y las circunstancias individuales.

4. ¿Qué documentos de respaldo deben incluirse con una petición del Formulario I-129CW?
Al presentar el Formulario I-129CW, los empleadores deben incluir: evidencia del negocio del empleador; la descripción del trabajo; y documentación de que el trabajador extranjero cumple con los requisitos para el estatus y clasificación de no inmigrante solicitado.

5. ¿Cuánto cuesta presentar una petición del Formulario I-129CW?
La tarifa para presentar el Formulario I-129CW es $460. Esta tarifa debe pagarse cuando se envía el formulario y no es reembolsable, independientemente de si se aprueba o no la petición.

6. ¿Qué sucede si se aprueba mi petición del Formulario I-129CW?
Si se aprueba su petición, recibirá un aviso del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) de que el estatus de no inmigrante de su empleado ha cambiado o se ha extendido de acuerdo con los términos de su petición. Su empleado podrá continuar viviendo y trabajando legalmente en los Estados Unidos bajo los nuevos términos de su estatus de no inmigrante.